CALENDARIO LABORAL 2019

CALENDARIO LABORAL 2019

CALENDARIO LABORAL 2019.

(DECRETO 141/2018, de 28 de agosto, por el que se fija el calendario de días festivos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2019).

Según lo dispuesto en el artículo 37.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015) las fiestas laborales retribuidas y no recuperables en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2019 serán las siguientes:

  • 1 de enero, Año Nuevo.
  • 6 de enero, Epifanía del Señor.
  • 18 de abril, Jueves Santo.
  • 19 de abril, Viernes Santo.
  • 1 de mayo, Fiesta del Trabajo.
  • 15 de agosto, Asunción de la Virgen.
  • 8 de septiembre, Día de Extremadura.
  • 12 de octubre, Fiesta Nacional de España.
  • 1 de noviembre, Todos los Santos.
  • 6 de diciembre, Día de la Constitución Española.
  • 8 de diciembre, Inmaculada Concepción.
  • 25 de diciembre, Natividad del Señor.

En uso de la facultad que establece el mismo artículo de traslado al lunes de las fiestas que coincidan en domingo, los descansos laborales correspondientes a los días 6 de enero, 8 de septiembre y 8 de diciembre de 2019 se disfrutarán, respectivamente, los lunes días 7 de enero, 9 de septiembre y 9 de diciembre de 2019, por coincidir dichas fiestas en domingo.