CIRCULAR Nº 01/2020 del SES sobre las LAS FUNCIONES DE LA CATEGORÍA PROFESIONAL DE ENFERMERÍA OBSTÉTRICO-GINECOLÓGICA (MATRÓN/A).

CIRCULAR Nº 01/2020 del SES sobre las LAS FUNCIONES DE LA CATEGORÍA PROFESIONAL DE ENFERMERÍA OBSTÉTRICO-GINECOLÓGICA (MATRÓN/A).

SERVICIO EXTREMEÑO DE SALUD

DIRECCIÓN GENERAL DE ASISTENCIA SANITARIA

CIRCULAR Nº 01/2020

SOBRE LAS FUNCIONES DE LA CATEGORÍA PROFESIONAL DE ENFERMERÍA OBSTÉTRICO-GINECOLÓGICA (MATRÓN/A).

28 de Enero de 2020

El SES ha enviado una CIRCULAR que nos aclara los siguientes extremos:

  • Reconoce a la Matrona como “el profesional que proporciona una atención integral a la salud sexual, reproductiva y maternal de la mujer, en sus facetas preventiva, de promoción y de atención y recuperación de la salud”.
  • Determina que “deben tener una partición activa en los programas de atención a la mujer en todas las etapas de la vida”.

En éste contexto, recuerda que en nuestro PROGRAMA OFICIAL DE LA ESPECIALIDAD 2009), ya se establecía entre las COMPETENCIAS DE LA MATRONA la de “Detectar en la mujer factores de riesgo y problemas ginecológicos”, definiendo como COMPETENCIAS ESPECÍFICAS las siguientes:

  • Participar y colaborar en la atención a la mujer con problemas ginecológicos.
  • Participar y colaborar en el diagnóstico y tratamiento de las infecciones ginecológicas y de transmisión sexual.
  • Participar y colaborar en la atención a la mujer en el climaterio.

También recuerda que dicho programa determina que son CRITERIOS DE REALIZACIÓN de esas competencias:

  • Realizar los exámenes necesarios para el diagnóstico precoz del cáncer de cuello uterino y de las infecciones ginecológicas y de transmisión sexual.
  • Realizar la exploración física y ginecológica.
  • Participar y colaborar con el equipo asistencial en el seguimiento de los problemas ginecológicos.
  • Detectar las necesidades y problemas más frecuentes relacionados con la sintomatología en el climaterio y asesorar sobre el tratamiento de los mismos.
  • Realizar educación sanitaria en los diferentes problemas de salud ginecológicos.
  • Ofrecer apoyo emocional a la mujer con problemas ginecológicos.
  • Manejar y/o autorizar el uso de fármacos y productos sanitarios indicados en el climaterio y en problemas ginecológicos, de acuerdo con la legislación vigente.

En la misma línea, recuerda que el REGLAMENTO GENERAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS EAPs DE EXTREMADURA (1996) vigente, establece que son FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LA MATRONA:

  • Atender los problemas de salud de la población asignada.
  • Participar en los programas de planificación familiar, detección de cáncer femenino y enfermedades de transmisión sexual.
  • Trabajar coordinadamente con el resto del equipo.
  • Aquellas otras de análoga naturaleza acordes con su categoría profesional.

La Circular reconoce el incremento de la demanda asistencial de la población de mujeres mayores de 65 años y la necesidad de dar respuesta a las nuevas situación trabajando en equipo, por lo que DECIDE AMPLIAR LA POBLACIÓN asignada a las Matronas a todas las mujeres mayores de 14 años, sin límite superior, con la correspondiente repercusión económica en el complemento de productividad FACTOR FIJO, a partir de la aprobación de los presupuestos de este año.

Acceso a la CIRCULAR en el enlace…